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Chile es una plataforma interesante para desarrollar producciones

Eduardo Ricci

Eduardo Ricci, abogado sénior de Ontier Chile, presenta su opinión acerca de la realidad jurídica de la producción y distribución cinematográfica en Chile. Afirma que el cine es considerado el “séptimo arte” y, al mismo tiempo, es una actividad económica que mueve a gran parte del mundo, desempeñando un importante rol social y cultural en las masas. Chile no escapa a esta realidad, pues es una de las industrias culturales de mayor popularidad, incluso más que el fútbol.

Según la última encuesta nacional de participación cultural (2017), un 43% de las personas había asistido al cine durante los últimos 12 meses.

Esa cifra se ha ido incrementando año a año (salvo 2020, producto de la pandemia).

Así, desde la primera exhibición cinematográfica realizada en país el año 1897, la creación de las primeras revistas especializadas a partir de 1915 y Chilefilms en 1942, se han dado notables avances en la industria, tanto del lado de las producciones cinematográficas nacionales, como en la calidad y cantidad de espacios de exhibición. Sin perjuicio de lo indicado, recién el año 2004 se promulgó la primera ley destinada exclusivamente al desarrollo del sector audiovisual, creando el Fondo de Fomento Audiovisual del actual Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio (MINCAP), y el Consejo del Arte y la Industria Audiovisual (CAIA), con el objetivo de articular el desarrollo, fomento, difusión, protección y preservación de las producciones nacionales y la industria audiovisual en general.

Dado lo anterior, resulta sensato preguntarse ¿por qué elegir a Chile como destino de una producción? Descartando desde ya las maravillosas locaciones naturales que proporciona un país, y que incluye desiertos, montañas nevadas, profundos bosques, lagos, ríos, más de 4.000 kilómetros de costas y playas, glaciares eternos, la Patagonia, sus canales australes y la ciudad más austral de mundo, la respuesta, como en todo o casi todo en la vida, pasa por un tema netamente económico. Es decir, tiene que ver con los beneficios fiscales en materia de producciones audiovisuales que pueden hacer a Chile más o menos atractiva para este tipo de negocio o actividad.

El financiamiento de la actividad cinematográfica y audiovisual en Chile proviene básicamente de dos vertientes, del sector público o estatal y del sector privado. El gobierno de Chile entrega fondos para producciones audiovisuales, que pueden ser usados en las distintas etapas del proceso de creación; encontrándose algunos dirigidos a las etapas tempranas o iniciales del proyecto, con el objeto de ayudarles a encontrar fondos en otras fuentes no públicas y a veces con agentes internacionales; en cambio, existen otros fondos para la parte productiva. Mirado desde el punto de vista estatal, la principal fuente de recursos y beneficios de fomento de esta actividad corresponde a fondos concursables, destacando los recursos que entregan el Fondo de Fomento Audiovisual, que administra el Consejo de la Cultura, dependiente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, y la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), entre los que se encuentran:

1) El Programa de apoyo a inversiones audiovisuales de alto impacto, dirigido a personas jurídicas extranjeras responsables de la realización de una obra audiovisual, que se desarrolle en su totalidad o parcialmente en territorio chileno, que concurra directamente, o mediante un acuerdo de coejecución, con una empresa productora nacional; en donde el incentivo consiste en un reembolso de gastos relevantes (denominados “gastos calificados”) en el que incurren las producciones audiovisuales filmadas en Chile, ya sea largometrajes, series de televisión o contenido transmitido vía Internet. Este incentivo no podrá exceder el 30% de los gastos calificados realizados por la empresa en Chile, con un tope de hasta USD$3MM; y

2) El Fondo de Fomento Audiovisual que financia la producción y distribución de obras cinematográficas, creación de guiones, equipamiento, formación profesional, investigación y difusión de las nuevas tendencias creativas y de innovación tecnológica. Este fondo depende del Consejo del Arte y la Industria Audiovisual, y existe a partir de la promulgación de la Ley N.º 19.981, en 2004.

Adicionalmente, la Ley N.º 18.985 de Donaciones con Fines Culturales de 1990 pretende estimular la inversión privada en proyectos artísticos-culturales y las donaciones para fines culturales. Esta ley contempla beneficios y créditos tributarios para los donantes, quienes son contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría (empresas) de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), los que tendrán derecho a un crédito del 50% del monto de tales donaciones, que se imputará contra los impuestos correspondientes al ejercicio o período en que efectivamente se efectúe la donación.

Para el caso de contribuyentes del impuesto adicional a la LIR (extranjeros con actividad comercial en Chile), obligados a declarar anualmente sus rentas, ellos tienen derecho a un crédito contra el impuesto que grave sus rentas afectas al citado tributo, equivalente al 35% de la cantidad conformada por el monto de la donación. Este crédito solamente procede respecto de donaciones en dinero, que se realicen en el ejercicio comercial respectivo.

En forma genérica, el procedimiento consiste en que se presentan proyectos culturales al Comité de Donaciones Culturales, que evalúa las iniciativas. Si el proyecto es aprobado, el beneficiario (productor, coproductor, cineasta, o en general una persona natural o jurídica que tenga un proyecto) recibirá un Certificado de Aprobación de dicho proyecto, que certifica que su proyecto está acogido a la ley de donaciones con fines culturales y, por lo tanto, las donaciones que reciba obtendrán el beneficio tributario. En ese contexto, solo se garantiza que el proyecto puede recibir donaciones, por lo que implica que el poseedor de dicho certificado debe encontrar donantes interesados que quieran financiar la iniciativa acogiéndose a la señalada ley.

Como planteamos al principio, existen dos vías de incentivos para esta industria audiovisual. Ya tratamos a grandes rasgos las de fuente estatal. Ahora, respecto de las vías de inversión privada, se pude señalar que en Chile tenemos también otros beneficios y apoyos para la producción y distribución de material cinematográfico, que son compatibles con los de fuente estatal, entre los cuales se destacan:

1) Las coproducciones, pues mediante esta vía se puede cubrir normalmente hasta el 30% del gasto. La coproducción se puede hacer a través de tratados bilaterales que tiene Chile, hasta ahora, con seis países, a saber: Brasil, Argentina, Venezuela, Francia, Alemania y Canadá; sin perjuicio del análisis que se pueda realizar vía los tratados de doble tributación que mantiene Chile con diferentes países, España incluido; y

2) El aporte directo de recursos materializados vía aporte o inversión de privados, de empresarios, fondos de inversión, crowdfundings o de las mismas productoras. Este tipo especial de financiamiento privado, si bien es el mecanismo más sencillo, pues solo obedece y queda regulado por las partes materializadas en acuerdos contractuales; lo cierto es que cuenta con una menor cantidad de casos. En este orden de ideas, otra vía de financiamiento privado de esta misma clase consiste en establecer alianzas comerciales con diversos canales o plataformas digitales, como por ejemplo Netflix, Amazon Prime, Disney Plus, entre otras, para la realización de producciones, cuyo análisis escapa del alcance de este artículo.

Se puede concluir que Chile siempre ha sido y será una plataforma interesante para desarrollar producciones cinematográficas y, en general, audiovisuales; pues posee una institucionalidad regulatoria acorde a la industria, pero lo más importante, es heredera de una tradición de cientos de años, ganadora de premios Oscar y de cineastas de la talla de Alejandro Amenábar, Raúl Ruiz, Miguel Littin, Silvio Caiozzi, Andrés Wood y Pablo Larraín, entre otros.

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